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Fecha de actualización: 18/12/2022
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¿Alguna vez has tenido que conferirle a una persona de tu confianza las facultades legales para llevar a cabo un acto jurídico en tu representación? ¿Te ha pasado que, en estos casos, quieres evitar las complicaciones de tener que otorgarle un poder específico a esta persona ante notario público, por el hecho de que únicamente necesitas el apoyo de la otra persona para una operación en particular? Si es así, te recomendamos leer este artículo, ya que el documento legal ideal para solucionar este problema y amparar estos actos es el contrato de comisión mercantil.
Puedes utilizar el machote que nuestro equipo legal elaboró y que contiene los elementos básicos para que tu contrato de comisión mercantil cumpla con su función. Lo encontrarás al final de este artículo para descarga gratuita.
El contrato de comisión mercantil es aquel por el cual una persona le otorga a otra persona de su confianza la facultad de desempeñar un acto jurídico en su nombre. Concretamente, es el mandato aplicado a actos de comercio en específico. Por lo tanto, es un contrato de naturaleza exclusivamente mercantil.
Se puede utilizar este tipo de contrato en cualquier acto de comercio, por ejemplo, la compraventa y alquiler de bienes inmuebles. En ese caso específico, se necesitaría un contrato de comisión en bienes raíces. Su finalidad es encargar a una persona la gestión de la compraventa o arrendamiento de una casa, apartamento, local, etc.
Los tipos de este acuerdo se definen según la clase de acto de comercio que regulan, por ejemplo:
Las partes de este tipo de contrato se denominan: comitente, que es quien otorga las facultades, y comisionista, que es quien hace uso de éstas para llevar a cabo los actos que se le encarguen.
El comisionista, para desempeñar su encargo, no necesita poder constituido en escritura pública, siéndole suficiente contar con el otorgamiento por escrito en un contrato de comisión mercantil.
Este tipo de contrato se concreta para que el comisionista lleve a cabo un acto o actos precisos y determinados, y la duración del mismo queda limitada al tiempo necesario para la ejecución de estos actos de comercio. Asimismo, el comisionista queda sujeto a continuarlo hasta su conclusión, ya que por medio del contrato se obliga jurídicamente a hacerlo.
El comisionista, en el desempeño de él o los encargos, se sujetará a las instrucciones recibidas del comitente y en ningún caso podrá llevar a cabo actos contra dichas instrucciones expresas. Deberá desempeñar por sí mismo dichos encargos que recibe y no puede delegarlos sin estar autorizado para ello; por lo tanto, es un contrato llamado personalísimo.
Al final de su gestión, debe rendirle cuentas al comitente sobre lo que hizo y entregar los documentos que se le soliciten, tales como comprobantes de recepción, entrega, inventarios, etc.
En esta sección, las partes indican a las figuras legales que le representan, así como sus datos personales o institucionales. En el caso de personas físicas, deben indicar su nombre, edad, nacionalidad, CURP y domicilio. Para el caso de las empresas, debe especificarse el nombre de la misma, el número de Escritura Pública en la que fue constituida, su RFC y su domicilio.
En la sección de cláusulas se especifican los acuerdos por los que se regirán las partes y todas sus condiciones. Esta sección es la más importante del cuerpo del contrato.
Las siguientes son las cláusulas principales más comunes:
Resulta importante destacar que, según el tipo de acto de comercio que se comisione, será necesario agregar cláusulas más específicas. Por ejemplo, para un contrato de comisión en bienes raíces puedes incluir una cláusula que describa el inmueble objeto del contrato. También otra que deje constancia de quién es el dueño del bien en cuestión.
En caso de muerte del comisionista, el contrato se entiende como terminado de manera automática, porque a este se le contrató por sus características específicas y por la confianza entre las partes, para encargar parte de sus negocios comerciales una a la otra.
Deberán firmar este contrato el comitente y el comisionista.
Se recomienda agregar al contrato como anexos todos aquellos documentos que den certeza a las partes del encargo que deberá llevarse a cabo, además de los documentos que comprueben la identidad y propiedades de las partes.
Aquí te dejamos un formato listo para ser utilizado, únicamente hace falta completar la información particular para tu caso específico.
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por Redacción Milformatos el 03 de marzo de 2023