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Si te encuentras en el proceso de constituir una asociación civil, es decir, una organización sin fines de lucro, es necesario elaborar un acta constitutiva ante un notario público para especificar todas las clausulas y estatutos que regirán dicha asociación.
Si estás en ese proceso, no dejes de leer este post pues te explicaremos todo lo que necesitas saber para elaborar el acta constitutiva de tu asociación civil. Te diremos los elementos que no deben faltar y además, para facilitarte el trabajo te daremos la opción de descargar un formato de este documento gratuito.
Es documento formal y con validez legal en el que dos o más personas físicas manifiestan, ante un notario público, constituir una asociación civil.
Debe expresar de forma clara y precisa las clausulas y estatutos que deberán acatarse para el desarrollo de la asociación y debe estar elaborada conforme a las leyes que rigen a las organizaciones sin fines de lucro en el país.
Mediante el acta constitutiva es posible conocer la denominación, domicilio, nacionalidad y duración de una asociación, cómo se conforma su patrimonio, cuáles son los derechos y obligaciones de sus asociados. cómo se llevan a cabo las asambleas, cuáles son las funciones del consejo directivo y por qué razón podría suceder la liquidación de la asociación.
Debe componerse de los siguientes puntos:
Los pasos para realizar un acta constitutiva de asociación civil son los siguientes:
En San Luis Potosí a 22 de julio de 2019, ante el Notario Público Lic. Felipe Sánchez Saldaña, Titular de la Notaría Pública No. 50, se presentan los ciudadanos Juan Manuel Riojas Rodríguez y María Magdalena Muñoz Mesta manifestando constituir una Asociación Civil conforme a las leyes mexicanas y las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Los comparecientes en este acto y por este instrumento constituyen una Asociación Civil.
SEGUNDA: La asociación se regirá por las disposiciones del Código Civil vigente en el Estado y por los siguientes:
DENOMINACION, DOMICILIO, NACIONALIDAD Y DURACION.
1° DENOMINACION: La denominación de la asociación es “Corporativo RM“, seguida de las palabras “Asociación Civil” o de las iniciales, “A.C.”.
2° OBJETO: El objeto de la asociación es brindar servicios inmobiliarios para la renta, compra y vent bienes inmuebles.
3° CLASE DE PERSONA: La asociación es una persona moral que gozará de todos los derechos que la ley civil le concede.
4° DOMICILIO: El domicilio de la asociación es Av. Coral, No. 1500, Fraccionamiento Industrias, C.P. 78350.
5° DURACION: La duración de la asociación será de 99 años a partir de la fecha de su constitución.
PATRIMONIO SOCIAL
6° PATRIMONIO: El patrimonio de la asociación estará formado por:
DE LOS ASOCIADOS
7° ASOCIADOS: Son asociados las personas físicas o morales, las que concurren a la constitución de esta asociación.
OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS ASOCIADOS.
8° OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS: Son obligaciones de los Asociados:
9° DERECHOS DE LOS ASOCIADOS: Son derechos de los asociados activos:
10° INTRASFERIBILIDAD DE LA CALIDAD DE ASOCIADOS: La calidad de asociado es intransferible por lo que no podrá trasmitirse entre vivos o por causa de muerte.
11° REGISTRO DE ASOCIADOS: La asociación llevará un libro de registro de asociados con todos los datos relativos a admisión, separación y exclusión de estos.
ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS
12° ASAMBLEAS: El órgano supremo de la asociación es la asamblea general de asociados.
13° CONVOCATORIAS: La convocatoria para cada asamblea debe ser expedida por el consejo directivo con 15 días de anticipación.
14° VOTACION EN ASAMBLEA EXTRAORDINARIA: En las asambleas extraordinarias las resoluciones sólo se considerarán aprobadas mediante el voto favorable de las tres cuartas partes, de la totalidad de los asociados activos.
15° ASAMBLEA ORDINARIA: Anualmente se celebrará una asamblea general ordinaria con el fin de:
16° ACTAS DE ASAMBLEAS: De toda asamblea se levantará acta en la que se harán constar los asuntos tratados y las resoluciones adoptadas.
CONSEJO DIRECTIVO
17° ADMINISTRACION DE LA ASOCIACION: La dirección y administración de la Asociación y su representación legal quedan confiadas a un consejo directivo integrado por los vocales.
18° DESIGNACION DEL CONSEJO DIRECTIVO: Los miembros del consejo directivo serán designados por la asamblea ordinaria.
DISOLUCION Y LIQUIDACION
19° DISOLUCION: La Asociación se disolverá cuando así lo acuerde la asamblea general extraordinaria.
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Nombre y firma de los asociados
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por Redacción Milformatos el 17 de diciembre de 2019
Sí me sirvió esta información, muchas gracias por compartir.
Excelente información!!