Busca Plantillas |
Lo que debes saber:
Índice
En este artículo te platicamos los elementos esenciales de un Contrato de Promesa de Compraventa de Vehículo. Si alguna vez te ha pasado que está en tu mente y en tus planes celebrar en el futuro un contrato de compraventa de vehículo, pero deseas pactar desde antes los términos y condiciones que lo regirán, así como un plazo máximo para su celebración, necesitas conocer el contenido de este contrato.
En este artículo te explicamos qué debe incluir tu contrato para que sea válido. Con ello podrás constatar que tu futura compraventa esté asegurada. También te dejamos un machote elaborado por nuestro equipo legal para que lo utilices en tus operaciones.
Es aquel por el cual dos personas, el futuro o promitente comprador, y futuro o promitente vendedor, se obligan a celebrar en un futuro, un contrato de compraventa de un vehículo, sujetándose desde ese momento a ciertos términos y condiciones para el contrato definitivo y a un plazo máximo para su celebración.
Un contrato de compraventa de vehículo es aquel contrato por el cual una persona llamada vendedor, transfiere a otra, llamada comprador, un vehículo de su propiedad, es decir, del cual es el único titular, a cambio de un precio o una contraprestación. Esto es, la transmisión de la propiedad del vehículo, el cual es un bien mueble, en favor de una persona, a cambio de un precio cierto y determinado.
Deberás pactar en este contrato las disposiciones más básicas del futuro Contrato de Promesa de Compraventa de Vehículo; tal como el precio del vehículo, sus características particulares y el plazo máximo para su celebración. Este no es un contrato definitivo, únicamente obliga a las partes a celebrar el contrato de compraventa en el futuro bajo ciertos términos preestablecidos.
A continuación te presentamos un eemplo de un contrato de promesa de compraventa de vehículo, en donde te mostramos sus principales elementos. Considera que las declaraciones y cláusulas vertidas son únicamente un ejemplo de las que puede contener tu documento.
CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO QUE CELEBRAN A LOS 12 DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DE 2023, POR UNA PARTE, EL C. JESÚS JUÁREZ ORTEGA, A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE LE DESIGNARÁ COMO EL “VENDEDOR”; Y POR LA OTRA, EL C. CARLOS GUEVARA TORRES, QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DESIGNARÁ COMO EL “COMPRADOR”, DE ACUERDO A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
El “VENDEDOR” declara:
I. Que es una persona física, mexicano, mayor de edad, quien se identifica con credencial para votar vigente número 123658498, expedida por el Instituto Nacional Electoral; con plena capacidad jurídica para celebrar el presente contrato y obligarse en los términos y condiciones del mismo.
II. Que es legítimo propietario del vehículo modelo Sedán, marca Chevrolet Aveo, color azul, con número de serie 951357852, en adelante el “VEHÍCULO”.
III. Que es legítimo propietario del “VEHÍCULO”, por compra que hizo a Agencia Vegusa, tal como lo acredita con factura número 2012-6548 de fecha 05 de febrero de 2012, expedida por Agencia Vegusa.
IV. Que el “VEHÍCULO” está libre de todo gravamen y se encuentra al corriente de cualquier impuesto que genere.
V. Que de su libre voluntad es su deseo obligarse a celebrar un contrato definitivo de compraventa, con el objeto de vender el “VEHÍCULO” al “COMPRADOR”, en los términos y condiciones que más adelante se especifican, por lo que está de acuerdo en celebrar el presente contrato.
El “COMPRADOR” declara:
I. Que es una persona física, mexicano, mayor de edad, quien se identifica con credencial para votar vigente número 620248965, expedida por el Instituto Nacional Electoral; con plena capacidad jurídica para celebrar el presente contrato y obligarse en los términos y condiciones del mismo.
II. Que conoce el estado en que se encuentra el “VEHÍCULO”, por lo que de su libre voluntad es su deseo obligarse a celebrar un contrato definitivo de compraventa, con el objeto de comprar el “VEHÍCULO” al “VENDEDOR”, por lo que está de acuerdo en celebrar el presente contrato, manifestando que cuenta con los recursos necesarios para cumplir con sus obligaciones.
Las “PARTES” declaran:
I. Que en el presente contrato no existe dolo, error, mala fe o cualquier otro vicio de la voluntad, por lo que expresamente renuncian a invocarlos en cualquier tiempo.
II. Que basados en las anteriores declaraciones, se reconocen mutuamente el carácter y personalidad con la que comparecen a la celebración de este contrato y expresamente convienen en someterse a las obligaciones contenidas en las siguientes
PRIMERA. – Por virtud del presente contrato, el “VENDEDOR” se compromete a vender y el “COMPRADOR” se compromete a comprar, mediante la celebración y firma del contrato definitivo de compraventa, el “VEHÍCULO” que ya ha quedado descrito en la declaración II de las declaraciones del “VENDEDOR”, en las condiciones físicas y mecánicas en las que se encuentra.
SEGUNDA. – Ambas “PARTES” acuerdan como precio por la compraventa definitiva del “VEHÍCULO”, la cantidad de $ 85,000.00 (OCHENTA Y CINCO MIL pesos 00/100 M.N.).
TERCERA. – Ambas “PARTES” están de acuerdo en que el importe señalado en la cláusula inmediata anterior es justo, por lo que el “VENDEDOR” se obliga a respetar en todo momento dicha cantidad, sin poder exigir otra no estipulada en el presente contrato, salvo que “COMPRADOR” autorice de manera escrita algún otro cobro no estipulado en el mismo.
CUARTA. – Ambas “PARTES” se comprometen a firmar el contrato definitivo de compraventa a más tardar el día 30 de agosto de 2023. A la firma del contrato definitivo deberá hacerse la entrega material y jurídica del “VEHÍCULO”. Para tal efecto, deberá endosarse la factura de propiedad correspondiente a favor del “COMPRADOR”.
QUINTA. – El “VENDEDOR” tiene prohibido ceder, vender, enajenar, transmitir, gravar, pignorar, dar en garantía o prenda a terceras personas, por cualquier medio el “VEHÍCULO”. Ninguna de las “PARTES” podrá ceder los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona.
SEXTA. – En caso de que el contrato definitivo de compraventa no se perfeccione por causa de alguna de las “PARTES”, la parte inocente podrá exigir el cumplimiento del mismo o dar por rescindido el presente contrato. En caso de rescisión, el presente contrato se dará por rescindido sin declaración judicial y dará vigencia al pago de la pena convencional señalada en la cláusula siguiente.
SÉPTIMA. – Ambas “PARTES” establecen como pena convencional que deberá pagar la parte que diere origen al incumplimiento, la cantidad de $ 12,750.00 (DOCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA pesos 00/100 M.N.).
OCTAVA. – Cualquier modificación a los términos y condiciones del presente contrato, únicamente tendrá validez y surtirá sus efectos en la medida en que se convenga por escrito y sea firmado por ambas “PARTES”.
NOVENA. – Las “PARTES” acuerdan que, para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo lo no previsto en el mismo, son aplicables las leyes del estado de Guanajuato y, en caso de controversia, se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la ciudad de León, Guanajuato, renunciando, por consecuencia, a la jurisdicción de cualquier otro tribunal que por razón de su domicilio corresponda o pudiera corresponder en el futuro.
Todos los gastos judiciales o extrajudiciales a que se diere lugar por incumplimiento del presente contrato, así como las costas que se causaren en caso de juicio, serán a cargo de la parte que dio origen al incumplimiento.
_____________________________
Jesús Juárez Ortega
Vendedor
_____________________________
Carlos Guevara Torres
Comprador
En esta sección, las partes indican a las figuras legales que le representan, así como sus datos personales o institucionales, o si comparecen por su propio derecho. Si es el representante legal el que comparece a firmar el contrato, debe especificarse el número de Escritura Pública en la que se le otorgaron los poderes para obligarse.
En este apartado también se debe establecer que el promitente vendedor es propietario del bien que será vendido.
Deberán firmar tanto el promitente vendedor como el promitente comprador. En caso de que haya testigos, estos deberán firmar también.
En los anexos, puedes agregar la redacción del contrato de compraventa definitivo que se firmará más adelante, si es que ya cuentas con él. También las escrituras públicas que se mencionen en las declaraciones del documento.
Como cualquier otro tipo de contrato, este documento debe contener información mínima necesaria que garantice la protección de los derechos y obligaciones de las partes involucradas. Para ello, es necesario que tu contrato de promesa contenga los siguientes datos:
Aquí te dejamos un Formato de Contrato de Promesa de Compraventa de Vehículo, listo para ser utilizado. Únicamente hace falta completar la información particular para tu caso específico.
Un contrato de promesa de compraventa consta de las siguientes partes:
Un contrato de promesa de compraventa debe contener cuatro firmas: comprador, vendedor y dos testigos que den fe de la celebración del mismo. Dado que se trata de un acuerdo entre las partes, no se requiere de la fe pública de un notario.
La multa por el incumplimiento de este tipo de contratos es un acuerdo entre las partes, por lo general, se establece entre un 10 y 15% del valor de la propiedad. En algunos casos se establece una indemnización.
En caso de incumplimiento injustificado, la parte perjudicada puede pedir el pago de la multa e incluso una indemnización por daños y perjuicios, en caso de estar estipulado dentro de las cláusulas del contrato de promesa.
Si te ha servido este documento compártelo
por Redacción Milformatos el 26 de julio de 2023
Gracias
De mucha ayuda este sitio, los formatos que se brindan estan bien desarrollados.